Proceso de Elaboración del Cuadro de Distribución de Horas (RVM N° 121-2025-MINEDU)
¡NUEVA NORMATIVA VIGENTE!
A partir del 3 de noviembre de 2025, se encuentra vigente la Resolución Viceministerial N° 121-2025-MINEDU.
Esta nueva normativa aprueba: "Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas".
⚠️ IMPORTANTE: Esta norma DEROGA la RVM N° 148-2023-MINEDU. Toda la información en esta página ha sido actualizada según la nueva normativa.
Etapas del Proceso
Primera Etapa: Formulación - Asignación (A cargo de la IE)
Nueva denominación según RVM N° 121-2025-MINEDU
- Conforma el comité a nivel de la IE.
- Determina la distribución de horas de libre disponibilidad en función a su PCI.
- Aplicación de criterios para la asignación de la carga horaria a las plazas y bolsa de horas.
- Formula el cuadro de distribución de horas para su posterior revisión y/o aprobación por la UGEL-DRE según corresponda, en función:
- Al número de secciones necesaria evaluadas en el marco del proceso de racionalización
- N° de plazas ocupadas y vacantes en cada IIEE
- El techo de bolsa de horas
- Forma de atención o modelos de servicio educativo que determina la IE
- Remite la propuesta de cuadro de distribución de horas a la UGEL.
Segunda Etapa: Revisión - Aprobación (A cargo de la UGEL/DRE)
Nueva denominación según RVM N° 121-2025-MINEDU
- Revisa las propuestas presentadas por los comités de las IIEE.
- Formular observaciones a las propuestas en caso existan.
- Garantiza la coherencia entre la formación profesional del profesor y las áreas curriculares o campos del conocimiento propuestos.
- Cautela no exceder la cantidad de bolsa de horas:
- En primera instancia la cantidad de bolsa de horas necesarias evaluadas en el marco del proceso de racionalización, siempre y cuando sea menor al techo de bolsa de horas registrado en el sistema NEXUS.
- En segunda instancia, previa autorización de la DRE, el uso de bolsa de horas restante de lo registrado en el sistema NEXUS, previamente reordenadas entre UGEL/Unidades Ejecutoras de corresponder.
- Aprueba las propuestas del cuadro de distribución de horas pedagógicas de las IIEE, y los formulados por la propia UGEL, a través de acto resolutivo firmado por el director de la UGEL o DRE, según corresponda.
- Adjuntan a cada resolución de aprobación del cuadro de horas, los formatos visados comprendidos en la presente norma técnica, los cuales forman parte del expediente de aprobación.
- Formula y aprueba el cuadro de distribución de horas en IIEE donde no se pudo conformar el comité.
Tercera Etapa: Carga - Registro (A cargo de Recursos Humanos)
Nueva denominación según RVM N° 121-2025-MINEDU
- A cargo de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces en la UGEL.
- El responsable del sistema NEXUS consolida y registra la información de los cuadros de distribución de horas pedagógicas en el citado sistema.
- Los formatos comprendidos en la presente norma técnica forman parte del expediente de aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas.
- La DITEN procederá a evaluar la pertinencia del cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma, de acuerdo a la información registrada y otros reportes correspondientes en el Sistema NEXUS.
- Se podrá determinar la modificación/reformulación de los cuadros de horas y/o reajuste de carga de bolsa de horas, de corresponder.
Conformación de los Comités
El comité está conformado por los siguientes integrantes:
1) EBR secundaria JER, JEC JER-SFT, JEC-SFT
- Director de la IE, quien la preside.
- Un subdirector
- Un representante de personal docente
2) EBA ciclo avanzado:
- Director de la IE, quien la preside
- Un representante del personal docente
En caso que las IIEE que no cuenten con plaza de sub director o plaza jerárquica, el comité será conformado por el director y un representante de personal docente nombrado (elegido por votación).
Funciones del Comité de la IE
- Elaborar su propuesta de acuerdo al número de secciones, tomando como referencia lo identificado en la etapa evaluativa o evaluación realizada en el marco del proceso de racionalización (según los criterios de la norma técnica vigente), las plazas ocupadas y vacantes en su IE, así como el techo de bolsa de horas asignado a su UGEL, considerando como insumos los planes de estudios de la IE, el PCI, y el Cuadro de Asignación de Personal (sistema NEXUS).
- Presentar ante el comité de la UGEL su propuesta debidamente visada por los integrantes del comité de la IE, para su evaluación y validación, adjuntando la resolución directoral que conforma el comité para la elaboración del cuadro de distribución de horas pedagógicas a nivel de la IE y el acta de la elección del representante docente.
Condiciones Necesarias
- La IE formula y propone su cuadro de distribución de horas de acuerdo a la cantidad de secciones que el especialista en racionalización indique o el que haga sus veces, tomando como referencia la identificación de secciones necesarias en la etapa evaluativa o evaluación realizada en el marco del proceso de racionalización, las plazas ocupadas y vacantes en la IE, así como el techo de bolsa de horas asignado a su UGEL.
- El comité para la elaboración del cuadro de distribución de horas pedagógicas deberá contar con el PCI vigente, con la finalidad de poder determinar el destino de la distribución y asignación de horas de libre disponibilidad establecidas en el plan de estudios.
- El comité de la IE debe estar reconocido por resolución suscrita por el director de la IE.
- Para la determinación de los integrantes de los comités en caso exista igualdad de escala, asume el profesor que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en el cargo, y en el caso de igualdad del tiempo de servicios oficiales, asume el profesor que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en la IE.
- El director/subdirector de la IE, en condición de designado/encargado, según corresponda, distribuye en primer lugar las secciones y grados en función de los turnos de la IE; seguidamente los profesores nombrados, de acuerdo a su área curricular, proceden a elegir las horas pedagógicas (por grados y secciones), con el siguiente orden de prelación:
- Escala magisterial
- Tiempo de servicios en la IE donde labora
- Tiempo de servicios oficiales
Criterios para la Elaboración
Criterios Generales
El comité de la IE elabora la propuesta del cuadro de distribución de horas pedagógicas considerando el número de secciones necesarias, en base al reporte del Sistema NEXUS respecto al número de plazas asignadas en la IE y techo de bolsa de horas habilitadas.
Orden de Prelación para la Distribución
- Director o subdirector (designado/encargado) de la IE
- Plazas jerárquicas
- Plaza de profesor
Orden para Distribución de Carga Horaria
- Profesor nombrado
- Plazas vacantes de cargo de profesor (orgánica y eventual)
- Bolsa de horas
Criterios de Prelación para EBR Secundario
- Escala magisterial
- Tiempo de servicios oficiales como docente en la IE
- Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera
- Dominio de la lengua originaria (en las IIEE de la EIB)
- Antigüedad de la emisión de Título
Criterios de Prelación para EBA Ciclo Avanzado
- Escala magisterial
- Tiempo de servicios oficiales como docente en la IE
- Tiempo de servicios oficiales como docente en la carrera
- Antigüedad de la emisión de Título
Consideraciones Adicionales
- El comité de la IE respetará las horas de tutoría en la distribución de horas pedagógicas
- Los profesores nombrados deberán consignar dentro de su área curricular de dictado veinticuatro (24) o veinticinco (25) o veintiséis (26) horas de dictado entre dos (02) a cuatro (04) horas de Tutoría
- Las plazas vacantes y las horas pedagógicas para completar las horas del plan de estudio de una IE (bolsa de horas), se registran luego de la distribución de horas pedagógicas efectuada al personal designado/encargado/nombrado